Susana Harp con la blusa de Oaxaca
Por unos enlaces que me pasó ayer Luisana, leo
que la diseñadora de modas Isabel Marant registró como suya la blusa de Santa
María de Tlahuitoltepec, que, además, de ser una pieza tradicional de la
indumentaria de Oaxaca, representa un valioso signo cultural.
Marant no sólo habría plagiado un diseño que es
patrimonio colectivo, sino que también pretendería contraponer el registro de
su marca, frente a los derechos que sobre tal indumento, detenta, in illo
tempore, la referida comunidad mexicana. Merced a ese abusivo criterio de
propiedad intelectual, elaborado varios siglos después de que la cultura
oaxaqueña diseñara la hermosa cota, los artesanos de Santa María de
Tlahuitoltepec, por carecer de “patente”, para seguir produciendo sus propias
blusas tendrían que pagarle a Isabel Marant las correspondientes
"regalías".
De ser efectivamente así cuanto acá comento, la
avilantez del “mundo fashion” habría sobrepasado todos los límites.
Punto más o punto menos, lo cierto es que el
caso ha provocado la justa reacción de los artesanos de Santa María de
Tlahuitoltepec y debería generar también un debate que amplíe la difusión de
las normas que el derecho internacional ha venido aprobando en las últimas
décadas para proteger el patrimonio cultural tangible e intangible, aparte de
aquellas orientadas específicamente a salvaguardar a los pueblos indígenas.
Desde hace poco menos de una década está vigente
la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, de cuyos preceptos no están excluidos
ni Francia ni México. Uno de sus lineamientos establece que, con independencia
de su lícito aprovechamiento económico, los bienes de la cultura son bienes del
espíritu y no simples mercancías. Todos, incluidos los diseñadores franceses,
deberíamos saber que el ámbito de la cultura y sus productos auténticos, no es
el de la Organización Mundial del Comercio ni el de los tratados o acuerdos de
intercambio mercantil.
De suyo, ya es irritante que alguien copie con
descaro, o que, sin copiar, no indique las fuentes de su presunta
“inspiración”. Más lo es alegar uso exclusivo de un diseño plagiado, por haber
tenido la pícara “precaución” de registrarlo.
Por encima de esa “astucia”, hay algo que
subleva más: el desconocimiento que existe acerca de los avances -no tan
recientes- de los derechos culturales. Las normas para hacer valer la blusa de
Oaxaca, como patrimonio de Santa María de Tlahuitoltepec están ahí. Ojalá este
caso sirva para activarlas y se produzca un sólido precedente en la defensa de
las muchas culturas, vivas y diversas, que existen en el mundo.
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